Gendarmes de Seguridad

POLÍTICA INFORMÁTICA Y SISTEMAS DE COMPUTO

GENDARMES DE SEGURIDAD LTDA reconoce la importancia de la seguridad de la información, así como la necesidad de su protección orientada a reducir el riesgo de incidentes de seguridad y minimizar su efecto, sabiendo que el no uso adecuado de los activos de información puede poner en peligro la continuidad de la prestación de los servicios o generar daños que afecten el normal funcionamiento de los procesos.

Igualmente se implementarán los controles de seguridad encaminados a garantizar la confidencialidad, integridad y disponibilidad de los activos de información de la compañía con el objetivo de lograr un nivel de riesgo aceptable de acuerdo con la visión, misión, planeación estratégica de la compañía, y dando cumplimiento al marco jurídico aplicable, por tal razón GSL dispone: 


  • Los recursos informáticos solo podrán ser utilizados por los colaboradores de GENDARMES DE SEGURIDAD LTDA. y contratistas debidamente autorizados.

  • El personal de Seguridad Informática velará por que los colaboradores hagan buen uso de los sistemas de cómputo e informática.

  • Nadie podrá adquirir, desarrollar e implementar sistemas de información, sin la previa autorización escrita por parte de la Gerencia General. Si esto sucediera, no es responsabilidad de GENDARMES DE SEGURIDAD LTDA, ante ninguna entidad, compañía o institución externa, dar soporte, mantenimiento o legalizar las licencias, una vez de qué manera inconsulta y sin autorización de la organización se esté utilizando.

  • Todo desarrollo, invención o aplicación de apoyo, utilizando recursos institucionales, será propiedad intelectual de la organización y deberá ser registrada en acuerdo entre las partes. 

  •  El personal de Seguridad Informática realizara un cronograma para el mantenimiento de los computadores, servidor que garantice la disponibilidad permanente de dichos equipos.

  • Los colaboradores o dependencias que tenga bajo su responsabilidad información confidencial deben seguir procedimientos adecuados para protegerla y serán responsables de las consecuencias por la ausencia de esta protección.

  • El personal de seguridad informática velará porque se establezcan sistemas de protección y sistemas de detección de ataques informáticos.

  • Las contraseñas, claves, códigos de acceso son personales e intransferibles, su uso, administración y reserva será responsabilidad de cada usuario.

  • En ninguna circunstancia los miembros de la organización pueden utilizar los recursos informáticos, para realizar actividades prohibidas por las normas de GENDARMES DE SEGURIDAD LTDA.

  • El Software de antivirus siempre debe estar activo y actualizado.

  • El personal que tenga a cargo equipos de cómputo es responsable del buen uso y cuidado de este.  

  • Está prohibido la utilización de programas de cómputo (software) tanto operativos como aplicativos, ya sea en forma de código fuente o de código objeto sin su licencia de uso respectiva, NO utilice software "pirata" (software sin licencia de uso). 

  • Las tecnologías de información y los datos que procesan contribuyen al cumplimiento de la función dentro de la organización, razón por la cual, quienes las utilicen deben ser conscientes de este propósito y procurar su uso responsable.  

  • El proveedor de seguridad informática es el encargado de realizar o coordinar la instalación de programas de cómputo (software) en los bienes informáticos. 

  • La Gerencia regional de cada agencia es la encargada de realizar los backups de la información.

  • Se debe dar estricto cumplimiento a lo descrito en el instructivo Control Sistemas de Cómputo. 

  • La Política Informática es de obligatorio cumplimiento por los colaboradores de la organización, y por ende son sujetos obligados a su resguardo de los bienes informáticos o de información propiedad de GENDARMES DE SEGURIDAD LTDA. 


ADVERTENCIA

Cualquier colaborador de GENDARMES DE SEGURIDAD LTDA, que sea encontrado realizando actividades que contravengan esta política podrá ser investigado y puede ser causal de sanciones de acuerdo con el Reglamento Interno de Trabajo de la compañía, sin perjuicio de las acciones disciplinarias y/o legales que puedan ser adelantadas por las entidades de control del estado.

 

Aprobada y Actualizada, Bogotá, noviembre de 2023